º. Crease una comisión especial y temporal de la sanidad vegetal que, con acción directa en el litoral atlántico y en los puertos fluviales del magdalena, ejercerá el control sobre los productos vegetales de importación y exportación a fin de prevenir la infección de plagas y enfermedades que pudieran perjudicar la industria agrícola nacional y el comercio exterior.
Decreto 810 de 1935 →Vigente
Artículo 1
Crease Una Comisión Especial Y Temporal De La Sanidad Vegetal Que, Con Acción Directa En El Litoral Atlántico Y En Los Puertos Fluviales Del Magdalena, Ejercerá El Control Sobre Los Productos Vegetales De Importación Y Exportación A Fin De Prevenir La Infección De Plagas Y Enfermedades Que Pudieran Perjudicar La Industria Agrícola Nacional Y El Comercio Exterior
Decreto 810 de 1935 · Por el cual se toman algunas medidas de sanidad vegetal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.