Micelio

Artículo 22

El Fondo Rotatorio De Aduanas Podrá Destinar Al Servicio De La Dirección General De Aduanas Las Mercancías Reguladas En Este Capítulo Que Se Requieran Para El Normal Funcionamiento De La Entidad, Mediante Resolución Motivada Del Director General De Aduanas

Decreto 392 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el Régimen de Aduanas y se dictan normas sobre enajenación y destino de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Fondo Rotatorio de Aduanas podrá destinar al servicio de la Dirección General de Aduanas las mercancías reguladas en este capítulo que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad, mediante resolución motivada del Director General de Aduanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 392 de 1990