° Los fondo apropiados en el capítulo 76, artículos 1190 y 1191 de la Ley de Apropiaciones vigentes, se destinan para cubrir los siguientes gastos
Capítulo 76, articulo 1190 Para preparación, entrenamiento y concentración de los equipos colombianos, tarea que llevara a cabo el Comité Olímpico Colombiano $ 20.000.00
Capítulo 76, articulo 1191 Para preparación, entrenamiento y concentración de los equipos colombianos, tarea que llevará a cabo el Comité Olímpico Colombiano, hasta 80.000.00 Para sueldos del personal y gastos de fiscalización que señale la Contraloría General de la República, de conformidad con el artículo 25 del Decreto 3164 de 1945; sueldos del representante que designe el Ministerio de Educación Nacional; alojamiento de deportistas en general; medallas, diplomas e insignias; propaganda; árbitros y equipos; gastos de los miembros extranjeros del Comité Organizador; sueldos del personal de que trata el aparte b) del artículo 4° del presente Decreto; gastos de oficinas y demás de los V Juegos Centroamericanos y del Caribe, hasta 220.000.00 Total $ 300.000.00
En caso de que alguna de las destinaciones anteriores fuere insuficiente y en cambio en otra existieren fondos sobrantes, éstos podrán aplicarse a cubrirlas deficiencias, lo cual se ordenará por medio de acuerdos o resoluciones del Comité Organizador de los V Juegos, previa aprobación del representante del Ministerio de Educación Nacional.