Dirección de Juicios Fiscales . Son funciones de la Dirección de Juicios Fiscales
Diseñar, de acuerdo con la Contraloría Delegada a la que pertenece, los planes y programas sobre juicios fiscales que deben adelantar la Dirección y los Grupos de Juicios Fiscales Departamentales.
Desarrollar planes y programas de seguimiento a los procesos de responsabilidad que adelanten la misma dirección y los Grupos de Juicios Fiscales Departamentales.
Adelantar, conforme a las competencias que se establezcan, los juicios fiscales en primera instancia.
Adelantar la segunda instancia de los juicios fiscales que desarrollen los grupos de juicios fiscales departamentales.
Remitir a la Dirección de Jurisdicción Coactiva las providencias ejecutoriadas para dar inicio a las acciones de cobro coactivo.
Mantener actualizada una base de datos de la jurisprudencia en materia de juicios administrativos de responsabilidad fiscal que permita unificar los criterios al interior de la Contraloría General y coordinar su análisis con la Oficina Jurídica de la Contraloría General.
Evaluar periódicamente las causas que originen fallos judiciales adversos en la Jurisdicción Contencioso Administrativa para tomar los correctivos necesarios.