°. Como consecuencia de la Ley 24 de 1973, quienes estuvieron descontando pena a la fecha de vigencia del presente Decreto, recobraran su libertad personal una vez suscrita la diligencia compromisoria prevista en el artículo 4° de este Decreto. Ninguna de estas personas podrá ser detenida nuevamente por los mismos hechos descritos en la citada Ley, aunque se les de denominación jurídica diversa.
Decreto 2 de 1974 →Vigente
Artículo 2
Como Consecuencia De La Ley 24 De 1973, Quienes Estuvieron Descontando Pena A La Fecha De Vigencia Del Presente Decreto, Recobraran Su Libertad Personal Una Vez Suscrita La Diligencia Compromisoria Prevista En El Artículo 4° De Este Decreto
Decreto 2 de 1974 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 24 de 1973
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.