Micelio

Artículo 2

La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Desarrollará La Política Y Los Planes Generales De Acción Que Adopte El Ministerio De Comunicaciones, Y Tendrá A Su Cargo La Prestación De Los Servicios Públicos De Comunicaciones Telefónicas Y Telegráficas, Eléctricas Y Radioeléctricas, Dentro Del Territorio Nacional Y En Conexión Con El Exterior

Decreto 2935 de 1966 · por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Empresa Nacional de Telecomunicaciones desarrollará la política y los planes generales de acción que adopte el Ministerio de Comunicaciones, y tendrá a su cargo la prestación de los servicios públicos de comunicaciones telefónicas y telegráficas, eléctricas y radioeléctricas, dentro del territorio nacional y en conexión con el Exterior. Puede también tomar a su cargo y prestar otros servicios de comunicaciones cuando así lo acuerde con el gobierno con entidades oficiales o particulares. El manejo y explotación de los servicios a su cargo lo hará la Empresa con bases comerciales, buscando su perfeccionamiento, ampliación y modernización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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