Micelio

Artículo 1

A Partir Del Primero De Febrero Del Año En Curso, Establécense Las Siguientes Asignaciones Mensuales Para Los Funcionarios De La Rama Jurisdiccional, Instrucción Criminal, Justicia Penal Aduanera, Jurisdicción Contencioso Administrativa Y Ministerio Público: I

Decreto 235 de 1971 · Por el cual se fijan asignaciones a funcionarios de la Rama Jurisdiccional, Instrucción Criminal, Justicia Penal Aduanera, Jurisdicción Contencioso Administrativa y Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del primero de febrero del año en curso, establécense las siguientes asignaciones mensuales para los funcionarios de la Rama Jurisdiccional, Instrucción Criminal, Justicia Penal Aduanera, Jurisdicción Contencioso Administrativa y Ministerio Público: I. Magistrados de Tribunales Superiores de Distrito Judicial, de Aduanas, Administrativos, abogados asistentes de la Corte Suprema de Justicia, Directores Seccionales de Instrucción Criminal y Fiscales de Tribunales, cuando ejerzan el cargo en propiedad, en interinidad, o por encargo, $ 10.000.00. II. Jueces Superiores de Distrito Judicial, de Aduanas y pus respectivos fiscales, cuando ejerzan el cargo en propiedad, en interinidad o por encargo: En cabecera de Distrito Judicial $ 7.380.00 En las demás sedes 6.780.00 III. Jueces de Menores que ejerzan el cargo en propiedad, en interinidad o por encargo: En cabecera de Distrito $ 7.140.00 En las demás sedes 6.640.00 IV. Jueces de Circuito, Laborales y Fiscales, que ejerzan el cargo en propiedad, en interinidad o por encargo: En cabecera de Distrito $ 7.140.00 En las demás sedes 6.540.00 V. Jueces Municipales y de Distrito Penal Aduanero cuando ejerzan el cargo en propiedad, en interinidad o por encargo: En cabecera de Distrito $ 5.950.00 En cabecera de Circuito 5.350.00 En los demás Municipios 4.760.00 VI. Jueces de Instrucción Criminal y de Instrucción Penal Aduanera, cuando ejerzan el cargo en propiedad, en interinidad, o por encargo, $ 7.140.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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