Fijase a los Oficiales de las Fuerzas Militares el siguiente tiempo mínimo de servicio en cada grado para ascender al inmediatamente superior: Subtenientes y equivalentes en la Armada, (3) años Teniente y su equivalente en la Armada (4) años Capitán y su equivalente en su Armada (5) años Mayor y su equivalente en la Armada (4) años Teniente Coronel y su equivalente en la Armada (4) años Coronel y su equivalente en la Armada (3) años Brigadier General y su equivalente en la Armada (3) años General.
Artículo 23
Fijase A Los Oficiales De Las Fuerzas Militares El Siguiente Tiempo Mínimo De Servicio En Cada Grado Para Ascender Al Inmediatamente Superior: Subtenientes Y Equivalentes En La Armada, (3) Años Teniente Y Su Equivalente En La Armada (4) Años Capitán Y Su Equivalente En Su Armada (5) Años Mayor Y Su Equivalente En La Armada (4) Años Teniente Coronel Y Su Equivalente En La Armada (4) Años Coronel Y Su Equivalente En La Armada (3) Años Brigadier General Y Su Equivalente En La Armada (3) Años General
Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.