Micelio

Artículo 23

Fijase A Los Oficiales De Las Fuerzas Militares El Siguiente Tiempo Mínimo De Servicio En Cada Grado Para Ascender Al Inmediatamente Superior: Subtenientes Y Equivalentes En La Armada, (3) Años Teniente Y Su Equivalente En La Armada (4) Años Capitán Y Su Equivalente En Su Armada (5) Años Mayor Y Su Equivalente En La Armada (4) Años Teniente Coronel Y Su Equivalente En La Armada (4) Años Coronel Y Su Equivalente En La Armada (3) Años Brigadier General Y Su Equivalente En La Armada (3) Años General

Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fijase a los Oficiales de las Fuerzas Militares el siguiente tiempo mínimo de servicio en cada grado para ascender al inmediatamente superior: Subtenientes y equivalentes en la Armada, (3) años Teniente y su equivalente en la Armada (4) años Capitán y su equivalente en su Armada (5) años Mayor y su equivalente en la Armada (4) años Teniente Coronel y su equivalente en la Armada (4) años Coronel y su equivalente en la Armada (3) años Brigadier General y su equivalente en la Armada (3) años General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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