Micelio

Artículo 5

Los Programas Académicos Conducentes A Los Grados De Experto O De Técnico En Educación, Podrán Orientarse Hacia La Preparación De Personal En Cualquiera De Las Siguientes Áreas: 1) Enseñanza Preescolar 2) Enseñanza Primaria 3) Enseñanza Media 4) Administración De Planteles Escolares 5) Supervisión De Enseñanza Preescolar 6) Supervisión De Enseñanza Primaria 7) Servicios Docentes Especiales

Decreto 1964 de 1969 · Por el cual se autor iza a los establecimientos de educación superior la organización de programas académicos de duración cor ta y media en ciencias de la educación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los programas académicos conducentes a los grados de Experto o de Técnico en educación, podrán orientarse hacia la preparación de personal en cualquiera de las siguientes áreas: 1) Enseñanza Preescolar 2) Enseñanza Primaria 3) Enseñanza Media 4) Administración de planteles escolares 5) Supervisión de Enseñanza Preescolar 6) Supervisión de Enseñanza Primaria 7) Servicios docentes especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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