Micelio

Artículo 6

La Comisión Tendrá Doce Meses, Prorrogables A Juicio De La Sala De Consulta Y Servicio Civil Del Consejo De Estado O Del Ministro De Justicia, Para Entregar Al Gobierno Nacional El Proyecto De Modificaciones Al Código Contencioso-Administrativo, Así Como La Exposición De Motivos, Las Actas Y Los Demás Documentos Que Estime Pertinentes Para Explicar Su Contenido Y Alcances

Decreto 1250 de 1973 · Por el cual se crea la Comisión Revisora del Código Contencioso Administrativo y de las disposiciones que lo adicionan y reforman

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Comisión tendrá doce meses, prorrogables a juicio de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado o del Ministro de Justicia, para entregar al Gobierno Nacional el proyecto de modificaciones al Código Contencioso-Administrativo, así como la exposición de motivos, las actas y los demás documentos que estime pertinentes para explicar su contenido y alcances. Sin perjuicio de la labor a que se refiere el inciso anterior, la Comisión podrá presentar al Gobierno antes del término previsto los proyectos de ley sobre modificaciones al Código en los aspectos que considere más urgentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1250 de 1973