Micelio

Artículo 6

Cuando La Supresión De Cargos Obedezca A La Eliminación O Traslado De Algunas Funciones O Dependencias, La Entidad Comunicará Al Departamento Administrativo Del Servicio Civil Los Nombres E Identidad De Los Empleados Que Serán Incorporados A Su Planta De Personal; Igualmente Le Comunicará Las Incorporaciones Efectuadas, Con Indicación Del Nombre, Documento De Identidad, Cargo Y El Número Y Fecha Del Acto Administrativo Correspondiente

Decreto 1024 de 1987 · por el cual se reglamenta el Capítulo IX, Sección II, del Decreto Extraordinario 77 de 1987.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cuando la supresión de cargos obedezca a la eliminación o traslado de algunas funciones o dependencias, la entidad comunicará al Departamento Administrativo del Servicio Civil los nombres e identidad de los empleados que serán incorporados a su planta de personal; igualmente le comunicará las incorporaciones efectuadas, con indicación del nombre, documento de identidad, cargo y el número y fecha del acto administrativo correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1024 de 1987