Micelio

Artículo 107

Las Asignaciones De Retiro De Que Trata El Presente Estatuto No Se Causarán Por Cantidades Estables, Sino En Forma Oscilante, Tomando Como Base Las Fluctuaciones De Las Asignaciones De Actividad Vigente En Todo Tiempo Para Cada Grado

Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las asignaciones de retiro de que trata el presente Estatuto no se causarán por cantidades estables, sino en forma oscilante, tomando como base las fluctuaciones de las asignaciones de actividad vigente en todo tiempo para cada grado.

Parágrafo

Las asignaciones de retiro que a los Oficiales de las Fuerzas Militares se estén pagando en la fecha de la sanción del presente Estatuto, serán reajustadas automáticamente por la Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares de acuerdo con las normas que en él se consagra.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 107. Las asignaciones de retiro de que trata el presente Estatuto no se causarán por cantidades estables, sino en forma oscilante, tomando como base las fluctuaciones de las asignaciones de actividad vigente en todo tiempo para cada grado.

Parágrafo

Las asignaciones de retiro que a los Oficiales de las Fuerzas Militares se estén pagando en la fecha de la sanción del presente Estatuto, serán reajustadas automáticamente por la Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares de acuerdo con las normas que en él se consagra.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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