° Permanecerán en todo su vigor las autorizaciones concedidas a la Inspección del Tráfico de Bogotá, por medio del Decreto número 223 mencionado, el cual se reforma por el presente, sólo en lo aquí establecido.
Decreto 856 de 1924 →Vigente
Artículo 7
Permanecerán En Todo Su Vigor Las Autorizaciones Concedidas A La Inspección Del Tráfico De Bogotá, Por Medio Del Decreto Número 223 Mencionado, El Cual Se Reforma Por El Presente, Sólo En Lo Aquí Establecido
Decreto 856 de 1924 · Sobre reglamentación del tráfico en algunas carreteras nacionales y autorizaciones a la Inspección General del Tráfico de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.