La tagua por la autoridad correspondiente; y las multas que se impongan de acuerdo con los artículos anteriores, así como la tagua en buen estado que se decomise, se dividirán por mitad entre el tesoro municipal y quien haya descubierto la contravención.
Decreto 976 de 1907 →Vigente
Artículo 26
La Tagua Por La Autoridad Correspondiente; Y Las Multas Que Se Impongan De Acuerdo Con Los Artículos Anteriores, Así Como La Tagua En Buen Estado Que Se Decomise, Se Dividirán Por Mitad Entre El Tesoro Municipal Y Quien Haya Descubierto La Contravención
Decreto 976 de 1907 · Sobre gastos no incluidos en los Presupuestos del Distrito Capital y de los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.