Micelio

Artículo 26

La Tagua Por La Autoridad Correspondiente; Y Las Multas Que Se Impongan De Acuerdo Con Los Artículos Anteriores, Así Como La Tagua En Buen Estado Que Se Decomise, Se Dividirán Por Mitad Entre El Tesoro Municipal Y Quien Haya Descubierto La Contravención

Decreto 976 de 1907 · Sobre gastos no incluidos en los Presupuestos del Distrito Capital y de los Departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tagua por la autoridad correspondiente; y las multas que se impongan de acuerdo con los artículos anteriores, así como la tagua en buen estado que se decomise, se dividirán por mitad entre el tesoro municipal y quien haya descubierto la contravención.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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