Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo destinados en comisión al exterior, tendrán derecho al pago de sus haberes en la siguiente forma: a) Sueldo básico y gastos de representación a razón de un dólar por cada peso, y b) .Primas y demás partidas de su asignación mensual en pesos colombianos.
Decreto 325 de 1959 →Vigente
Artículo 19
Los Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares En Servicio Activo Destinados En Comisión Al Exterior, Tendrán Derecho Al Pago De Sus Haberes En La Siguiente Forma: A) Sueldo Básico Y Gastos De Representación A Razón De Un Dólar Por Cada Peso, Y B)
Decreto 325 de 1959 · Por el cual se adiciona y modifican unos artículos del Decreto 325 de 5 de febrero de 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.