º Los soldados y grumetes de las Fuerzas Militares, tendrán las siguientes bonificaciones mensuales: para gastos personales dos mil cuatrocientos pesos ($2.400.00) y doscientos pesos ($ 200.00) para gastos de seguro de vida. Los soldados del Batallón Guardia Presidencial y de los Batallones de Policía Militar que hayan terminado el curso básico en esta especialidad, tendrán una bonificación mensual adicional de quinientos cincuenta pesos ($ 550.00). Los Dragoneantes de las Fuerzas Militares percibirán un mil trescientos ochenta pesos ($ 1.380.00) como bonificación adicional.
Artículo 9
º Los Soldados Y Grumetes De Las Fuerzas Militares, Tendrán Las Siguientes Bonificaciones Mensuales: Para Gastos Personales Dos Mil Cuatrocientos Pesos ($2
Decreto 201 de 1987 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales dde las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional se establecen bonificaciones para alféreces, guardia-marina, pilotines, grumetes y soldados, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.