Micelio

Artículo 6

El Intendente Ejerce, Respecto Del Territorio De Su Jurisdicción, Todas Las Funciones Que En Las Leyes Se Atribuyen A Los Gobernadores De Los Departamentos, Y Estará Sujeto A Las Mismas Responsabilidades De Éstos

Decreto 600 de 1935 · Por el cual se organiza la Intendencia Nacional del Amazonas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Intendente ejerce, respecto del territorio de su jurisdicción, todas las funciones que en las leyes se atribuyen a los Gobernadores de los Departamentos, y estará sujeto a las mismas responsabilidades de éstos. Todos los organismos, empresas, servicios y funcionarios públicos, en el orden administrativo y político, establecidos en el territorio de la Intendencia, dependerán del Intendente y estarán sometidos a su jurisdicción, como jefe de la administración seccional y agente del Poder Ejecutivo. El Comandante del destacamento del Amazonas y los Comandantes de las distintas guarniciones militares de la región, prestarán al Intendente no sólo el apoyo oportuno y completo que determinan los reglamentos del Ejército, sino especial cooperación para el mejor éxito de sus labores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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