Ordenar La Inscripción En El Seguro Social Obligatorio De Enfermedad No Profesional Y Maternidad; Accidentes De Trabajo Y Enfermedades Profesionales; Invalides Vejez Y Muerte, De Los Patronos Y Trabajadores Que Cumplan Dentro De La Jurisdicción De Las Actuales Cajas Secciónales Y Oficinas Locales Del Instituto, Alguna O Algunas De Las Actividades Que Se Citan A Continuación; Actividades Industriales Extractivas, Industria Del Petróleo Y Sus Derivados, Y Gas Natural: Exploración, Explotación, Refinación, Transporte Distribución Y Venta
Decreto 1993 de 1967 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 257 de 1967 (septiembre 13) expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Ordenar la inscripción en el Seguro Social Obligatorio de Enfermedad no Profesional y Maternidad; Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales; Invalides Vejez y Muerte, de los patronos y trabajadores que cumplan dentro de la jurisdicción de las actuales Cajas Secciónales y Oficinas Locales del Instituto, alguna o algunas de las actividades que se citan a continuación; Actividades industriales Extractivas, industria del petróleo y sus derivados, y gas natural: exploración, explotación, refinación, transporte distribución y venta. Transporte y comunicaciones Personal de empresas y agencias de transporte marítimo.
Parágrafo
Estas actividades también deberán inscribirse en las localidades o regiones que en el futuro ampare el Seguro Social.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.