FORMA DE DISPONER LAS COMISIONES . Las comisiones de Los empleados públicos del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional, se dispondrán en la siguiente forma: a) Por Decreto del Gobierno Comisiones superiores a noventa (90) días en el exterior. b) Por resolución del Ministerio de Defensa
Comisiones hasta por noventa (90) días en el exterior.
Comisiones permanentes dentro del país.
Comisiones transitorias superiores a veinte (20) días c) Por orden de la respectiva autoridad nominadora, para comisiones que deban cumplirse dentro del territorio Nacional, hasta por veinte (20) días.