Micelio

Artículo 4

Hácense Las Siguientes Creaciones En El Personal De Oficinas Directas Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Secretaría General

Decreto 700 de 1949 · por el cual se hacen unas supresiones y creaciones en el personal de Oficinas Directas, Ramo de Correos y Ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense las siguientes creaciones en el personal de Oficinas Directas del Ministerio de Correos y Telégrafos: Secretaría General. Una plaza de Mensajero Interno, con asignación mensual de $ 120.00 Sección de Personal. Una plaza de Oficial Primero, con asignación mensual de 276.00 Una plaza de Ayudante de Hoja de Servicio, con asignación mensual de. 195.00 Sección de Control y Presupuesto. Habilitación. Una plaza de Oficial 2º, con asignación mensual de 207.00 Una plaza de Ayudante 2° con asignación mensual de 195.00 Archivo y Rezagos. Una plaza de Mensajero, con asignación mensual de 90.00 Sección Internacional. Una plaza de Oficial Ayudante de Investigaciones, con asignación mensual de 211.00 Una plaza de Mecanógrafo, con asignación mensual de 207.00 Sección Jurídica. Una plaza de Auxiliar, con asignación mensual de 120.00 Suman $ 1.651.00

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del Artículo anterior se imputará al Capítulo 96, articulo 1979 del Presupuesto vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 700 de 1949