° Como comprobante del desembolso de tales fondos, cada Comisión Administrativa dará al Contador un vale por el total de la suma asignada al servicio que administre y acompañará dicho vale con las facturas originales, recibos, etc., por los gastos hechos real y efectivamente en ese servicio. La diferencia entre el valor del vale y de los comprobantes dichos, constituye el sobrante o economía en el renglón a que pertenezca. El Contador afectara la cuenta de gastos presupuestales con el valor total del vale y contabilizará mensualmente los sobrantes o economías hechos en el mes, con el asiento siguiente: fondos Reservados a reservas-fondo de economías .
Decreto 16 de 1926 →Vigente
Artículo 2
Como Comprobante Del Desembolso De Tales Fondos, Cada Comisión Administrativa Dará Al Contador Un Vale Por El Total De La Suma Asignada Al Servicio Que Administre Y Acompañará Dicho Vale Con Las Facturas Originales, Recibos, Etc
Decreto 16 de 1926 · Por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 88 de 1925, respecto de las economías que se hagan en las Unidades del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.