Micelio

Artículo 1.1.1.15

Disponibilidad Del Formulario

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 20 de septiembre de 2004, el "Formulario del Registro Único Tributario, RUT", para la inscripción, actualización y cancelación de la inscripción, estará a disposición de los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en las instalaciones de las Administraciones de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales y en las Cámaras de Comercio, para su diligenciamiento en forma presencial y asistida.

A partir del 19 de octubre de 2004 el "Formulario del Registro Único Tributario" estará a disposición de los obligados, a través del servicio informático "Inscribir RUT", en el portal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, www.dian.gov.co, facilitando el acceso para su diligenciamiento por internet, directamente por el interesado, o presencialmente en las instalaciones de las Administraciones de Impuestos, de Aduanas o de Impuestos y Aduanas Nacionales del país, así como en las Cámaras de Comercio, Consulados y otras entidades públicas o privadas, que sean facultadas para el efecto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo previsto en el Decreto 2788 de 2004.

(Artículo 2o, Resolución 8346 de 2004)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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