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Artículo 1

A Partir Del 1° De Enero De 1998, Fíjanse Las Siguientes Escalas De Asignación Básica Mensual Para Los Distintos Niveles En Que Se Clasifican Los Empleos Del Departamento Nacional De Planeación, Incluida La Unidad Administrativa De Desarrollo Territorial: Niveles Grado Salarial Directivo Asesor Ejecutivo Profesional Técnico Asistencial 01 2

Decreto 68 de 1998 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a los empleos del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del 1° de enero de 1998, fíjanse las siguientes escalas de asignación básica mensual para los distintos niveles en que se clasifican los empleos del Departamento Nacional de Planeación, incluida la Unidad Administrativa de Desarrollo Territorial: Niveles Grado salarial Directivo Asesor Ejecutivo Profesional Técnico Asistencial 01 2.676.398 1.342.129 1.911.761 846.722 293.774 253.410 02 2.887.885 1.516.707 2.064.946 922.669 364.949 293.774 03 3.229.654 1.563.367 2.427.562 1.007.517 404.590 323.098 04 1.726.218 2.676.398 1.090.861 428.286 340.478 05 1.878.212 2.887.885 1.186.116 450.356 390.707 06 2.013.324 3.229.654 1.311.816 555.391 404.590 07 2.064.946 1.448.762 565.297 425.719 08 2.188.845 1.541.022 580.615 450.356 09 2.427.562 636.791 480.508 10 2.676.398 665.967 514.720 11 2.822.744 565.297 12 608.088 13 617.222 14 687.170 15 728.306 16 818.110

Parágrafo

En las escalas de remuneración establecidas en el presente artículo, la primera columna fija los grados que corresponden a las distintas denominaciones de empleos y las siguientes columnas determinan las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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