Micelio

Artículo 2.3.5.2.1.3

Funciones De La Secretaría Técnica

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Secretaría Técnica. La secretaría técnica del Comité Nacional de Convivencia Escolar ejercerá las siguientes funciones:

1.

Solicitar anualmente al ICFES la información sobre los establecimientos educativos oficiales y no oficiales que a nivel nacional, distrital, departamental y municipal hayan obtenido los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año en curso.

2.

Comunicar a los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar la información sobre los establecimientos educativos oficiales y no oficiales que hayan obtenido los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año en curso, en su respectiva jurisdicción.

3.

Citar a los integrantes del comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias convocadas por el Presidente del Comité Nacional de Convivencia Escolar.

4.

Fijar y comunicar la agenda de las sesiones programadas, a los integrantes del Comité Nacional.

5.

Elaborar las actas de las sesiones del Comité Nacional de Convivencia Escolar.

6.

Poner en conocimiento del comité los informes, estudios, propuestas y demás documentación que haya sido allegada por sus integrantes.

7.

Realizar seguimiento continuo a la implementación de las decisiones y recomendaciones del comité.

8.

Coordinar logísticamente las reuniones del comité.

9.

Organizar y mantener un archivo actualizado en medios físico y electrónico, sobre las actas y documentos del comité.

10.

Comunicar a todos los miembros del Comité Nacional de Convivencia las decisiones adoptadas.

11.

Las demás que defina el Comité Nacional de Convivencia Escolar.

(Decreto 1965 de 2013, artículo 5°).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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