Micelio

Artículo 15

Formulario Para El Trámite Del Subsidio Y Selección Del Régimen

Decreto 3771 de 2007 · por el cual se reglamenta la administración y el funcionamiento del Fondo de Solidaridad Pensional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Formulario para el trámite del Subsidio y Selección del Régimen. El formulario de solicitud del subsidio debidamente diligenciado, tendrá efectos de selección de régimen pensional y de la entidad administradora de pensiones autorizada para administrar el subsidio de que trata el presente decreto y sustituye el formulario de afiliación que se emplea para las afiliaciones no subsidiadas. Dicho formulario deberá ser presentado por la administradora del Fondo de Solidaridad Pensional a la Superintendencia Financiera para su aprobación y contendrá, cuando menos, la siguiente información

1.

Lugar y fecha;

2.

Nombre o razón social y Nit del empleador, cuando haya lugar;

3.

Nombres y apellidos del trabajador solicitante;

4.

Número de documento de identificación del trabajador solicitante;

5.

Régimen de Pensiones elegido por el trabajador;

6.

Administradora del régimen de pensiones elegida por el trabajador;

7.

Beneficiarios del trabajador solicitante;

8.

Parentesco del beneficiario, ubicación y ocupación;

9.

Régimen de salud y entidad administradora del sistema general de seguridad social en salud al cual se encuentra afiliado. La selección del régimen pensional es libre y voluntaria por parte del trabajador solicitante e implica la aceptación de las condiciones propias del mismo para acceder a las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes y demás prestaciones económicas a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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