° Los Alcaldes, Corregidores e Inspectores de Policía quedan encargados del cumplimiento de esta disposición legal, teniendo presente que el objeto de ella no es estorbar el ejercicio de la función del sufragio a ningún ciudadano, ni particularmente a los que habitan en parajes lejanos a las cabeceras de los Municipios o Corregimientos, sino prohibir el tránsito intermunicipal para impedir el voto de unos mismos ciudadanos en dos o más Municipios, o las aglomeraciones que puedan dar lugar a trastornos del orden.
Artículo 3
Los Alcaldes, Corregidores E Inspectores De Policía Quedan Encargados Del Cumplimiento De Esta Disposición Legal, Teniendo Presente Que El Objeto De Ella No Es Estorbar El Ejercicio De La Función Del Sufragio A Ningún Ciudadano, Ni Particularmente A Los Que Habitan En Parajes Lejanos A Las Cabeceras De Los Municipios O Corregimientos, Sino Prohibir El Tránsito Intermunicipal Para Impedir El Voto De Unos Mismos Ciudadanos En Dos O Más Municipios, O Las Aglomeraciones Que Puedan Dar Lugar A Trastornos Del Orden
Decreto 817 de 1947 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en relación con las próximas elecciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.