Micelio

Artículo 3

Los Profesores Escalafonados Sólo Podrán Enseñar Las Asignaturas Correspondientes A La Especialidad En Que Se Hayan Inscrito, Salvo La Química, Que Podrá Profesarse Conjuntamente Con La Física Y Las Matemáticas, Y La Filosofía Y La Religión, Para Las Cuales 110 Se Establece Limitación Ninguna

Decreto 1487 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 43 de 1945, sobre Escalafón de Profesores de Enseñanza Secundaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los profesores escalafonados sólo podrán enseñar las asignaturas correspondientes a la especialidad en que se hayan inscrito, salvo la Química, que podrá profesarse conjuntamente con la Física y las Matemáticas, y la Filosofía y la Religión, para las cuales 110 se establece limitación ninguna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1487 de 1946