Micelio

Artículo 112

Salarios, Primas Y Subsidios

Decreto 2339 de 1971 · Por el cual se dicta el Estatuto de personal civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

SALARIOS, PRIMAS Y SUBSIDIOS . El régimen de salarios será el que se pacte en el respectivo contrato de trabajo de acuerdo con las normas que expida el Gobierno, en todo caso tendrán derecho a las siguientes primas legales: a.) Prima de navidad, equivalente a la totalidad del salario devengado en treinta (30) de noviembre de cada año, la cual será pagada en la primera quincena del mes de diciembre.

Parágrafo

Cuando el trabajador no hubiere servido el año completo tendrá derecho al reconocimiento de la Prima de Navidad a razón de una doceava (1/12) parte por cada mes completo de servicio, liquidada con base en el último salario devengado. b) Subsidio familiar, equivalente a treinta pesos ($30.00) por cada hijo, sin que el valor exceda de ciento veinte pesos ($120.00) mensuales para cada trabajador. c.) Subsidio de transporte, liquidado de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. CAPÍTULO III. PRESTACIONES SOCIALES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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