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Artículo 7272

Del Presupuesto Nacional Vigente, Se Distribuye Así: Capitulo 703 Programa 467 Financiamiento De Establecimientos Dependientes Artículo 7272

Decreto 145 de 1967 · Por el cual se hace la distribución de partidas globales incluídas en el Presupuesto Nacional vigente, Ministerio de Educación Nacional, para gastos de funcionamiento de establecimientos dependientes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Museo "Jorge Eliécer Gaitán", en el Capítulo 703, artículo 7272 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así: CAPITULO 703 Programa 467 Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7272. Museo "Jorge Eliécer Gaitán". Servicios personales

a)

Sueldos del personal de nómina $ 53.520.00

b)

Jornales 600.00

c)

Prima de Navidad 4.400.00

d)

Subsidio de transporte 1.440.00 Gastos Generales

e)

Mantenimiento y aseguros 10.000.00

f)

Materiales y suministros 13.000.00

g)

Servicios públicos 6.380.00

h)

Servicios de comunicaciones 300.00 Total $ 89.700.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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