Micelio

Artículo 42

El Contralor Distrital Tendré A Su Cargo La Vigilancia De La Gestión Fiscal De La Administración

Decreto 3133 de 1968 · por el cual se reforma la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Contralor Distrital tendré a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal de la Administración. Tanto los Auditores Fiscales dependientes de la Contraloría, como los Revisores Fiscales designados por el Concejo para las Empresta Descentralizadas deberán ser Contadores Públicos Juramentados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3133 de 1968