°. Establécese la caución de buena conducta como garantía que debe prestar una persona que incurra en cualquiera de los casos de que trata este Decreto. Dicha caución será hipotecaria, prendaria o personal en cuantía hasta de un mil pesos, en proporción a las condiciones económicas de la persona. La caución personal o prendaria deberá prestarse inmediatamente después de notificada la resolución de que trata el artículo 4o del presente Decreto. La hipotecaria tendrá un plazo hasta de cinco días para su constitución.
Decreto 2578 de 1976 →Vigente
Artículo 1
Establécese La Caución De Buena Conducta Como Garantía Que Debe Prestar Una Persona Que Incurra En Cualquiera De Los Casos De Que Trata Este Decreto
Decreto 2578 de 1976 · POR EL CUAL SE DICTAN MEDIDAS CONDUCENTES AL RESTABLECIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.