Micelio

Artículo 2

Las Empresas Públicas Municipales De Cartagena, Percibirán Los Derechos Del Paso, Proveerán Al Mantenimiento Y Operación Del Transbordador Y Destinarán Los Productos Brutos A La Financiación De Un Puente Fijo, De Acuerdo Con Las Especificaciones Aprobadas Por El Ministerio De Obras Públicas, Que Será Construido En El Lugar Denominado Gambote, En El Canal Del Dique, En La Carretera Troncal De Occidente

Decreto 3145 de 1954 · Por el cual se autoriza la construccion de un puente sobre le canal del Dique y la ejecucion de contratos por el sistema de concesion

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Empresas Públicas Municipales de Cartagena, percibirán los derechos del paso, proveerán al mantenimiento y operación del transbordador y destinarán los productos brutos a la financiación de un puente fijo, de acuerdo con las especificaciones aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas, que será construido en el lugar denominado Gambote, en el canal del Dique, en la carretera troncal de occidente.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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