Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1840 de 1994 · por el cual se reglamenta el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, coordinar las acciones relacionadas con las campañas de prevención, control, erradicación y manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés económico nacional o local. Para el efecto, tendrá las siguientes atribuciones

a)

Establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, el control, la erradicación o el manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales, de los animales y de sus productos;

b)

Elaborar o contratar los estudios técnicos y económicos que sean necesarios para el financiamiento de las mismas;

c)

Coordinar la realización de acciones conjuntas con los productores, exportadores, autoridades civiles y militares y público en general. CAPITULO IV. De la cuarentena agropecuaria

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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