Micelio

Artículo 14

La Acción De La Caja Se Desarrollará En Toda La República

Decreto 2767 de 1953 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La acción de la Caja se desarrollará en toda la República. Las necesidades de los solicitantes determinarán la proporción en que deben construirse las casas en cada lugar.

Parágrafo

La Caja construirá casa fiscales para dar habitación, en condiciones económicas, a los Oficiales y Suboficiales en servicio activo de las diversas guarniciones y, con tal fin, la Nación entregará a la Caja la suma de Quinientos mil pesos ($500.000.00) anuales durante cinco (5) años, a partir del año del mil novecientos cincuenta y cuatro (1954). La administración de estas casas corresponde a la Caja, según el Reglamento que dicte el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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