Micelio

Artículo 29

Si Aparecieren Pruebas De Que En Cuentas Ya Examinadas Y Fenecidas Por El Contralor General, Se Incluyeron Operaciones Fraudulentas, El Contralor General Puede Repetir El Examen Y Determinar Las Personas Responsables De Tales Irregularidades, Y Reclamar O Exigir La Restitución De Las Sumas Que Por Esa Causa Se Debieren Al Tesoro Nacional, Sin Perjuicio De Cualquier Otra Sanción Civil O Penal En Que Puedan Haber Incurrido Esas Personas

Decreto 911 de 1932 · Por el cual se reforman las leyes orgánicas de la contabilidad oficial de la Nación y del Departamento de Contraloría

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si aparecieren pruebas de que en cuentas ya examinadas y fenecidas por el Contralor General, se incluyeron operaciones fraudulentas, el Contralor General puede repetir el examen y determinar las personas responsables de tales irregularidades, y reclamar o exigir la restitución de las sumas que por esa causa se debieren al Tesoro Nacional, sin perjuicio de cualquier otra sanción civil o penal en que puedan haber incurrido esas personas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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