Las mercancías que al vencimiento de los plazos señalados en los artículos anteriores no hubieren cumplidos los requisitos en ellos señalados, serán declarados abandonados a favor de la Nación por la Aduana de Bogotá, previos los trámites señalados en el Estatuto Aduanero.
Decreto 1419 de 1986 →Vigente
Artículo 26
Decreto 1419 de 1986 · por medio del cual se autoriza una Zona Franca Transitoria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.