La Imprenta Nacional editará en forma de folleto, tres mil ejemplares del presente Decreto, que serán repartidos por el Ministerio de Guerra a las autoridades correspondientes. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1449 de 1939 →Vigente
Artículo 77
La Imprenta Nacional Editará En Forma De Folleto, Tres Mil Ejemplares Del Presente Decreto, Que Serán Repartidos Por El Ministerio De Guerra A Las Autoridades Correspondientes
Decreto 1449 de 1939 · Por el cual se reglamenta la importación, exportación, fabricación, comercio y posesión de armas, municiones y explosivos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.