Modificación del artículo 22 de la Ley 60 de 1993 .
Adiciónase el siguiente numeral al artículo 22 de la Ley 60 de 1993 :
En cubrimiento de los pasivos pensionales de la respectiva entidad a través del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Públicas Territoriales Fonpet, para lo cual se destinará el incremento porcentual previsto por la Constitución Política a partir del año 2000.