°. Cada Caja Seccional podrá crear previa aprobación del Instituto, las agencias locales que considere necesarias para la ejecución del seguro dentro de su jurisdicción. La organización y funciones de cada agencia se regularan por un reglamento que elaborara la Caja respectiva, la cual se someterá a la aprobación del Instituto.
Decreto 721 de 1949 →Vigente
Artículo 4
Cada Caja Seccional Podrá Crear Previa Aprobación Del Instituto, Las Agencias Locales Que Considere Necesarias Para La Ejecución Del Seguro Dentro De Su Jurisdicción
Decreto 721 de 1949 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Enfermedad-Maternidad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.