Micelio

Artículo 1

El Límite De Edad En Que Es Forzoso El Retiro Del Servicio Activo Del Ejército Para Los Oficiales De Los Servicios Médico Y Odontológico Del Mismo Será El Determinado En El Artículo 37 De La Ley 2ª De 1945

Decreto 2882 de 1950 · Por el cual se restablecen las disposiciones del artículo 38 de la Ley 2ª de 1945, en cuanto al límite de edad para el retiro de las Oficinas de los servidores de médico y odontológico del Ejercito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El límite de edad en que es forzoso el retiro del servicio activo del Ejército para los Oficiales de los servicios médico y odontológico del mismo será el determinado en el artículo 37 de la Ley 2ª de 1945.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2882 de 1950