Micelio

Artículo 21

Decreto 1258 de 1949 · Por el cual se reglamenta la Ley 86 de 1946 sobre Propiedad Intelectual, y se sustituye el Decreto número 1097 de 1948

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veintiuno. Cuando haya traslado o mutación de la propiedad intelectual, por virtud de enajenación total o parcial, de sentencia dictada por Juez competente, o por cualquiera otra causa, el Registrador, previa solicitud y presentación de los documentos pertinentes, extenderá, el acta en el libro de "Actos de Enajenación", y una diligencia al margen de la primera inscripción en estos términos: "Cancelada según consta al folio ... del Libro de Actos de Enajenación y de Contratos", y la terminará con la fecha, su firma y la del solicitante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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