Micelio

Artículo 41

El Oficial Que Se Retire En Las Condiciones Fijadas En El Artículo 39 De Este Decreto, Con Más De Quince Años De Servicio

Decreto 1123 de 1942 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales del Ejército y se modifica el Decreto 154 de 1940

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Oficial que se retire en las condiciones fijadas en el artículo 39 de este Decreto, con más de quince años de servicio. Tiene derecho al sueldo de retiro que le corresponda por su tiempo de servicio y recibe, además, una compensación pagadera por el Tesoro Público equivalente a diez meses del último sueldo devengado.

Parágrafo

El Oficial retirado en las condiciones previstas en este artículo, podrá, si así lo desea, acogerse a la compensación determinada en el artículo 39 de este Decreto, suma que se aumentará en un 10%.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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