Con excepción de la Hoja de Servicios Policiales, la cual deberá ser elaborada en papel sellado, los demás documentos que se requieran para la reclamación de prestaciones sociales de los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional se harán en papel común; a los interesados no se les podrá gravar en el cobro de copias, timbres, u otra clase de impuestos. Igualmente quedarán exentos de los impuestos de sucesión y donación los valores recibidos por concepto de auxilio de cesantía, compensaciones e indemnizaciones que se causen como consecuencia de las prestaciones establecidas en este Decreto.
Decreto 3072 de 1968 →Vigente
Artículo 135
Con Excepción De La Hoja De Servicios Policiales, La Cual Deberá Ser Elaborada En Papel Sellado, Los Demás Documentos Que Se Requieran Para La Reclamación De Prestaciones Sociales De Los Oficiales Y Suboficiales De La Policía Nacional Se Harán En Papel Común; A Los Interesados No Se Les Podrá Gravar En El Cobro De Copias, Timbres, U Otra Clase De Impuestos
Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.