Micelio

Artículo 27

Los Funcionarios Consulares Honorarios Que No Sean Naturales Del País Que Representan, No Gozarán De Exención Alguna, Excepto La Relativa A Franquicia Postal De Que Se Trata En El Artículo Anterior

Decreto 615 de 1935 · Por el cual se determinan los privilegios y las prerrogativas de los Agentes Diplomáticos extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios consulares honorarios que no sean naturales del país que representan, no gozarán de exención alguna, excepto la relativa a franquicia postal de que se trata en el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 615 de 1935