Condiciones del servicio. La entidad prestadora de los servicios públicos restará servicio gratuito de agua para riego de parques o zonas verdes públicas, bajo las siguientes condiciones
Que el servicio haya sido solicitado por una institución oficial;
Que la acometida y demás obras requeridas sean costeadas por la institución interesada;
Que la institución interesada se comprometa a utilizar racionalmente el agua y a mantener las instalaciones en perfecto estado.