° Queda facultado el Gobierno Nacional para efectuar los traslados y abrir los créditos presupuéstales necesarios para dar cumplimiento a este Decreto, el cual rige desde la fecha. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1997 de 1952 →Vigente
Artículo 6
Queda Facultado El Gobierno Nacional Para Efectuar Los Traslados Y Abrir Los Créditos Presupuéstales Necesarios Para Dar Cumplimiento A Este Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha
Decreto 1997 de 1952 · Por el cual se autoriza al Gobierno Nacional para asumir la deuda del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.