Los condenados a penas de presidio, reclusión o prisión mayores de seis meses, llevarán el vestidlo de uniforme del establecimiento, que se les suministrará por cuenta del Estado. El uniforme se compone de las siguientes prendas: alpargatas, o zapatos si el condenado los paga de. su peculio, camisa y pantaloncillos, chaqueta, pantalón y gorro, estos últimos según el modelo adoptado por la Dirección y que- se confeccionarán, en Lelas de color unido, de preferencia oscuro en los climas fríos y claro en los climas cálidos.
Decreto 1405 de 1934 →Vigente
Artículo 192
Los Condenados A Penas De Presidio, Reclusión O Prisión Mayores De Seis Meses, Llevarán El Vestidlo De Uniforme Del Establecimiento, Que Se Les Suministrará Por Cuenta Del Estado
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.