Modificase el numeral 2 del artículo 6º de la Ley 526 de 1999 , el cual quedará así:
Artículo 6º. Funciones de la subdirección de análisis estratégico . Las siguientes serán las funciones generales de la Subdirección de Análisis Estratégico: (...)
Realizar los estudios necesarios para mantener actualizada la Unidad sobre las prácticas, técnicas y tipologías utilizadas para el lavado de activos y la financiación del terrorismo, en los diferentes sectores de la economía, así como la identificación de los perfiles de los presuntos responsables de estas actividades.