Después de la primera inspección verificada por el Ministerio de Correos y Telégrafos, los peticionarios sólo podrán hacer modificaciones al equipo de las estaciones radiodifusoras comerciales que no impliquen alteración a la frecuencia o potencia autorizada. Queda obligado el peticionario a tener a la vista en el lugar ocupado por el transmisores diagrama de conexiones aprobado y los de las modificaciones que se hayan autorizado por el Ministerio y ejecutado posteriormente.
Decreto 1044 de 1937 →Vigente
Artículo 25
Después De La Primera Inspección Verificada Por El Ministerio De Correos Y Telégrafos, Los Peticionarios Sólo Podrán Hacer Modificaciones Al Equipo De Las Estaciones Radiodifusoras Comerciales Que No Impliquen Alteración A La Frecuencia O Potencia Autorizada
Decreto 1044 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 198 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.