º. El puntaje por experiencia docente universitaria o su equivalente en experiencia profesional, adquiridas con anterioridad a la vinculación a la Universidad Surcolombiana debidamente certificada y no reconocida para efectos de categorización en el escalafón, será de 75 puntos por cada año de experiencia, con dedicación de tiempo completo, hasta un máximo de 300 puntos y proporcionalmente por tiempo parcial.
Artículo 5
El Puntaje Por Experiencia Docente Universitaria O Su Equivalente En Experiencia Profesional, Adquiridas Con Anterioridad A La Vinculación A La Universidad Surcolombiana Debidamente Certificada Y No Reconocida Para Efectos De Categorización En El Escalafón, Será De 75 Puntos Por Cada Año De Experiencia, Con Dedicación De Tiempo Completo, Hasta Un Máximo De 300 Puntos Y Proporcionalmente Por Tiempo Parcial
Decreto 47 de 1989 · Por el cual se establece el régimen de remuneración del personal docente de la Universidad Sur-colombiana y se dictan otras disposiciones en materia salarial
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.